Uso de suelo y factibilidad en Mérida
Por Arkham Projects · Publicado el · Datos revisados el
En Mérida, el uso permitido de cada predio se revisa contra el Programa Municipal de Desarrollo Urbano (PMDU), aprobado el 6 de abril de 2017. Se confirma con la factibilidad de uso del suelo (MID-DEU-117): su ficha oficial fija una respuesta máxima de 10 días hábiles (el Reglamento de Construcciones, cinco para bajo impacto) y un oficio con vigencia de 30 días hábiles.[1][2][3][4][5]
Información general con fuente oficial; no es asesoría legal ni gestoría. Sitio oficial: Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Mérida, verificado el .
Ficha rápida
| Dato | Valor | Fuente | Vigencia |
|---|---|---|---|
| Trámite | Factibilidad de uso del suelo (MID-DEU-117) | portalciudadano.merida.gob.mx | verificado el 28 de septiembre de 2026 |
| Dependencia | Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Mérida | portalciudadano.merida.gob.mx | verificado el 28 de septiembre de 2026 |
| Qué informa | Si el uso que se quiere dar al predio es compatible con el Programa Municipal de Desarrollo Urbano | [2] Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, artículo 22 | Texto vigente con última reforma GM 29-12-2025 |
| Tiempo máximo de respuesta | 10 días hábiles; aplica la negativa ficta | [3] Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-117 | Ficha actualizada el 2026-08-25 |
| Vigencia del oficio | 30 días hábiles desde su expedición, si no cambia el programa aplicable | [5] Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-117 | Ficha actualizada el 2026-08-25 |
| Derechos para casa unifamiliar | 2.30 UMA en Zona 1, 5.52 en Zona 2, 13 en Zona 3 y 28 en Zona 4, por constancia | [6] Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, artículo 76, fracción II, inciso e (texto vigente, última reforma DOE 31-12-2025) | Ley de Hacienda con última reforma DOE 31-12-2025; ejercicio 2026 |
| Licencia de uso del suelo para una casa | No se exige para una vivienda unifamiliar en un fraccionamiento, colonia o barrio habitacional autorizado | [7] Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, artículo 23 | Párrafo reformado GM 29-12-2025 |
| COS para casa unifamiliar (Zonas 1 y 2) | 85 % del predio, con un área permeable mínima del 15 % | [8] Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida, Nivel Normativo, Tabla 5, nota 4 | PMDU 2017 (nivel normativo) |
Documentos que se piden
- [9]
Es uno de los dos requisitos básicos que fija el Reglamento de Construcciones para este trámite.
- [6]
Para casa unifamiliar va de 2.30 UMA en la Zona 1 a 28 UMA en la Zona 4, por constancia.
- [10]
Es condición de la constancia de alineamiento (MID-DEU-148).
- [11]
La JAPAY la pide para el dictamen de factibilidad de agua (JAPAY-463).
- [12]
La CFE los pide en solicitudes bajo el régimen de aportaciones en áreas suburbanas o rurales.
Pasos del trámite
Ubicar la zona del predio en el PMDU
El Programa Municipal de Desarrollo Urbano distingue cuatro zonas, de la Zona 1 (Consolidación Urbana) a la Zona 4 (Conservación de los Recursos Naturales), y la tarifa de los trámites cambia según la zona.[6]
Pedir la factibilidad de uso del suelo
Se llena el formato de solicitud del trámite MID-DEU-117 y se pagan los derechos; según la ficha oficial, la respuesta llega en un máximo de 10 días hábiles.[9]
Revisar si hace falta licencia de uso del suelo
Una vivienda unifamiliar en un fraccionamiento, colonia o barrio habitacional autorizado no la necesita para la licencia de construcción; cuando se expide, vale dos años.[7]
Tramitar la constancia de alineamiento
Con el predio delimitado hacia la vía pública y la nomenclatura visible, el trámite MID-DEU-148 tiene un tiempo máximo de respuesta de 8 días hábiles.[13]
Obtener la constancia de número oficial
El trámite MID-CAT-062 cuesta 1.5 UMA ($175.96) y se entrega en un máximo de 1 día hábil, con afirmativa ficta.[14]
Pedir el dictamen de factibilidad de agua
Con la factibilidad o la licencia de uso del suelo, la JAPAY informa si hay agua, alcantarillado y tratamiento; responde en un máximo de 10 días hábiles.[11]
Solicitar la licencia de construcción
Con el proyecto y los planos firmados por un Perito en Construcción Municipal se pide la licencia (MID-DEU-130) a la Dirección de Desarrollo Urbano.[15]
Contratar el agua y la luz
El contrato doméstico de agua con la JAPAY cuesta $1,513.00, y la ficha de la CFE estima 2 días hábiles de respuesta para la luz de una casa en área urbana y 5 en área rural.[16]
¿Qué es el uso de suelo y para qué sirve?
El uso de suelo es el uso o destino que la normativa permite dar a un predio, por ejemplo, vivienda unifamiliar. En Mérida lo regulan principalmente dos textos: el Programa Municipal de Desarrollo Urbano (PMDU), que fija con qué usos es compatible cada predio, y el Reglamento de Construcciones del municipio, que establece las limitaciones y modalidades al uso del suelo, a la ocupación y a las construcciones.
Sirve para saber, antes de comprar un terreno o de diseñar, qué se puede construir en él y con qué límites. La forma oficial de confirmarlo es la factibilidad de uso del suelo: el documento de la Dirección de Desarrollo Urbano que informa, a solicitud del interesado, si el uso que se quiere dar al predio es compatible con el PMDU.
¿Qué es el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida?
El Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida (PMDU) es el instrumento con el que la Dirección de Desarrollo Urbano revisa si un uso es compatible con el predio, y al que remite el Reglamento de Construcciones para el coeficiente de ocupación del suelo (COS) y las áreas permeable, ajardinada y arbolada mínimas. El texto vigente lo aprobó el Ayuntamiento en sesión extraordinaria del 6 de abril de 2017, con modificaciones del 29 de agosto de 2017.
El PMDU distingue cuatro zonas: Zona 1, Consolidación Urbana; Zona 2, Crecimiento Urbano, fuera del Anillo Periférico y dentro del Límite Urbano 2040; Zona 3, Regeneración y Desarrollo Sustentable, y Zona 4, Conservación de los Recursos Naturales. La zona del predio determina las tarifas de trámites como la factibilidad de uso del suelo, la constancia de alineamiento y la licencia de construcción.
¿Cuánto del terreno puede ocupar una casa en Mérida?
En las Zonas 1 y 2 del PMDU, una vivienda unifamiliar puede tener un coeficiente de ocupación del suelo (COS) del 85 % y debe dejar al menos el 15 % del predio como área permeable. El PMDU define el COS como la parte del terreno sobre la cual se desplantan o se apoyan los muros de los espacios techados, y el área permeable como la que tiene materiales que dejan pasar el agua hacia los mantos acuíferos, como pasto, tierra o grava.
Para los demás usos, esas zonas fijan un COS del 80 %, con áreas verde y permeable mínimas del 20 % y áreas ajardinada y arbolada del 10 %. La misma tabla pide un frente mínimo de lote de 7 m y una superficie mínima de 133 m². El Reglamento de Construcciones no repite estos valores: remite al PMDU. El COS marca un máximo; cuánto ocupa la casa lo decide el proyecto.
¿Qué diferencia hay entre la factibilidad y la licencia de uso de suelo?
La factibilidad de uso del suelo es informativa: dice si el uso que se quiere dar al predio es compatible con el PMDU, y su oficio vale 30 días hábiles desde que se expide, siempre que no cambie el programa. La licencia de uso del suelo, en cambio, se expide para otro trámite: la que sirve para la licencia de construcción vale dos años, y la que sirve para la Licencia de Funcionamiento Municipal, un año.
Para una casa, la licencia de uso del suelo no siempre se pide. El Reglamento de Construcciones solo la exceptúa como requisito de la licencia de construcción cuando se construye o amplía una vivienda unifamiliar en un fraccionamiento, colonia o barrio habitacional autorizado para ese uso. Un terreno que no está en ninguno de esos supuestos no entra en la excepción, así que conviene confirmar con Desarrollo Urbano si se pide antes de diseñar.
¿Cómo se tramitan la constancia de alineamiento y el número oficial?
La constancia de alineamiento (MID-DEU-148) se tramita con el predio ya delimitado en su colindancia con la vía pública y con la nomenclatura visible. Tiene un tiempo máximo de respuesta de 8 días hábiles, sin afirmativa ni negativa ficta, y se cobra por metro lineal: 2 UMA ($234.62) en la Zona 1 y 4 UMA ($469.24) en la Zona 2.
La constancia de número oficial de predio (MID-CAT-062) tiene un costo fijo de 1.5 UMA, $175.96 con la UMA de 117.31 pesos, y se entrega en un máximo de 1 día hábil. En este trámite aplica la afirmativa ficta: si no hay respuesta en el plazo, la solicitud se entiende aprobada.
¿Cómo se obtiene la factibilidad de agua de la JAPAY?
El dictamen de factibilidad del servicio de agua potable y tratamiento de aguas residuales (JAPAY-463) informa si hay servicio de agua, alcantarillado sanitario y tratamiento en la ciudad de Mérida y la zona conurbada de Kanasín. Lo emite la Subdirección Técnica de la JAPAY, y para pedirlo se entrega la factibilidad de uso de suelo o la licencia de uso de suelo para construcción expedida por Desarrollo Urbano.
El dictamen tiene una vigencia de 1 año y la JAPAY tiene un máximo de 10 días hábiles para responder. Cuesta 2.5 UMA ($293.00) para terrenos de hasta media hectárea y 5 UMA ($587.00) para terrenos de hasta 5 hectáreas.
¿Cómo se contratan el agua y la luz de una casa nueva en Mérida?
El agua se contrata con la JAPAY: el contrato del servicio de agua potable en modalidad doméstica (JAPAY-2499) cuesta $1,513.00, equivalentes a 12.9 UMA, y la JAPAY tiene un máximo de 5 días hábiles para responder, según su ficha en el Registro Estatal de Trámites y Servicios de Yucatán.
La luz se contrata con la CFE. Según la ficha de la Secretaría de Energía, la solicitud de energía eléctrica para casa habitación tiene un tiempo estimado de respuesta de 2 días hábiles en área urbana y de 5 en área rural, y el trámite no requiere pago; entre los requisitos sí están el pago de un depósito en garantía y la firma del contrato de suministro. En áreas suburbanas o rurales, cuando el servicio va bajo el régimen de aportaciones, la CFE pide el dictamen de uso de suelo y la constancia de alineamiento.
¿Por qué revisar el uso de suelo antes de diseñar una casa?
La factibilidad de uso del suelo y las reglas del PMDU conviene tenerlas antes de diseñar, porque fijan el margen del proyecto: qué uso es compatible con el predio, cuánto terreno puede ocupar la construcción y cuánta área debe quedar permeable. Descubrir un límite con el proyecto terminado obliga a rehacer planos antes de pedir la licencia de construcción.
En Arkham Projects el terreno es el primer dato del diseño. Contar con un terreno permite desarrollar el proyecto a partir de sus condiciones específicas: orientación, forma, vegetación, contexto y normativa. Por eso la normativa del predio se revisa al inicio, junto con el programa y el presupuesto de la casa.
En el portafolio de Arkham
Casa AkúunCasa unifamiliar · Mérida · 2020 · ConstruidoCasa unifamiliar en Mérida cuya huella construida ocupa una quinta parte del predio, según ArchDaily.
Foto: Yoshihiro Koitani
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda la factibilidad de uso de suelo en Mérida?
La ficha oficial del trámite MID-DEU-117 fija un tiempo máximo de respuesta de 10 días hábiles, y el Reglamento de Construcciones marca cinco días hábiles para la factibilidad de uso del suelo de bajo impacto. En este trámite aplica la negativa ficta: si Desarrollo Urbano no responde en el plazo, la solicitud se entiende negada, así que conviene darle seguimiento antes de que se cumpla.
¿Cuánto cuesta la factibilidad de uso de suelo para una casa en Mérida?
Para casa habitación unifamiliar, la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida fija 2.30 UMA en la Zona 1, 5.52 UMA en la Zona 2, 13 UMA en la Zona 3 y 28 UMA en la Zona 4 del PMDU, por constancia. Las fichas de trámites de Desarrollo Urbano convierten esas tarifas a pesos con una UMA de 117.31 pesos.
¿La factibilidad de uso de suelo sirve como permiso para construir?
No. La factibilidad de uso del suelo solo informa si el uso que se quiere dar al predio es compatible con el Programa Municipal de Desarrollo Urbano. Para construir una casa de más de 45 m², con planta alta o con bardas de más de 2.50 m hace falta la licencia de construcción (MID-DEU-130) de la Dirección de Desarrollo Urbano, con planos firmados por un Perito en Construcción Municipal.
¿Qué cambia si el terreno está en una comisaría de Mérida?
En las comisarías de Mérida, el dictamen de factibilidad de agua lo da el Ayuntamiento con el trámite MID-OBP-286, salvo en Caucel, Xcumpich, Dzodzil, Opichén, Temozón Norte y Xcanatún. Además, la Declaratoria de Zonas de Patrimonio Cultural incluye las 47 comisarías del municipio, así que conviene confirmar con Desarrollo Urbano si el predio queda dentro: en esas zonas se pide un dictamen antes de cualquier trabajo de albañilería o de instalaciones.
¿Cuántos metros cuadrados puedo construir en mi terreno?
Según Arkham Projects, la superficie depende de la normativa aplicable: COS, densidad, altura, restricciones, áreas verdes, estacionamientos y demás disposiciones. Pero una cosa es cuánto se puede construir y otra cuánto conviene construir.
Fuentes
- Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida, Nivel Normativo (Ayuntamiento de Mérida, Registro de Regulaciones) — El Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida vigente fue aprobado por el Ayuntamiento en sesión extraordinaria del 6 de abril de 2017, con modificaciones del 29 de agosto de 2017. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, artículo 22 — La factibilidad de uso del suelo es el documento de la Dirección de Desarrollo Urbano que informa, a solicitud del interesado, si el uso que se quiere dar a un predio es compatible con el Programa Municipal de Desarrollo Urbano. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-117 — La ficha oficial de la factibilidad de uso del suelo fija un tiempo máximo de respuesta de 10 días hábiles y aplica la negativa ficta. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, artículo 34, fracción I — El Reglamento de Construcciones fija un plazo de cinco días hábiles para responder la factibilidad de uso del suelo de bajo impacto. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-117 — El oficio de factibilidad de uso del suelo (MID-DEU-117) tiene una vigencia de 30 días hábiles desde su expedición, siempre que no cambie el programa aplicable. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, artículo 76, fracción II, inciso e (texto vigente, última reforma DOE 31-12-2025) — La factibilidad de uso del suelo para casa habitación unifamiliar cuesta 2.30 UMA en la Zona 1, 5.52 UMA en la Zona 2, 13.00 UMA en la Zona 3 y 28.00 UMA en la Zona 4, por constancia. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, artículo 23 — La licencia de uso del suelo solo puede exceptuarse como requisito de la licencia de construcción cuando se trata de construir o ampliar una vivienda unifamiliar en un fraccionamiento, colonia o barrio habitacional autorizado para ese uso. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida, Nivel Normativo, Tabla 5, nota 4 — Para vivienda unifamiliar en las Zonas 1 y 2, el PMDU permite un COS del 85 % y exige un área permeable mínima del 15 % del predio. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, artículo 29, fracción I — Los requisitos básicos de la factibilidad de uso del suelo son llenar y presentar el formato de solicitud y pagar los derechos correspondientes. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-148 — Para la constancia de alineamiento, el predio debe estar delimitado en su colindancia con la vía pública y tener nomenclatura visible. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Gobierno de Yucatán, Registro Estatal de Trámites y Servicios: ficha JAPAY-463 — Para el dictamen de factibilidad de agua de la JAPAY se entrega la factibilidad de uso de suelo o la licencia de uso de suelo para construcción expedida por Desarrollo Urbano de Mérida o de Kanasín. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Secretaría de Energía, Ventanilla Energía: ficha «Servicios de energía eléctrica, susceptible al pago de una cuota (aportación)» (CFE) — Para solicitudes de servicio eléctrico bajo el régimen de aportaciones en áreas suburbanas o rurales, la CFE pide obligatoriamente el dictamen de uso de suelo y la constancia de alineamiento. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-148 — La constancia de alineamiento (MID-DEU-148) tiene un tiempo máximo de respuesta de 8 días hábiles y no aplica afirmativa ni negativa ficta. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-CAT-062 — La constancia de número oficial de predio se entrega en un máximo de 1 día hábil y aplica la afirmativa ficta. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-130 — En Mérida, la licencia para construir una casa de más de 45 m², con cualquier superficie en planta alta o con bardas de más de 2.50 m, es el trámite MID-DEU-130 de la Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento y se puede hacer 100 % en línea. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Gobierno de Yucatán, Registro Estatal de Trámites y Servicios: ficha JAPAY-2499 — El contrato del servicio de agua potable en modalidad doméstica con la JAPAY (JAPAY-2499) cuesta $1,513.00, equivalentes a 12.9 UMA. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Registro de Regulaciones: ficha de la regulación 159 (Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida) — El Reglamento de Construcciones de Mérida establece las disposiciones de desarrollo urbano, planificación, seguridad, estabilidad e higiene, y las limitaciones y modalidades al uso del suelo, la ocupación y las construcciones públicas o privadas. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, artículo 61 — El Reglamento remite al Programa Municipal de Desarrollo Urbano para el Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS) y las áreas permeable, ajardinada y arbolada mínimas. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida, Nivel Normativo, §2.3.2 — En el PMDU, la Zona 2, Crecimiento Urbano, es la zona primaria ubicada fuera del Anillo Periférico y dentro del Límite Urbano 2040. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-148 — La constancia de alineamiento se cobra por metro lineal: 2 UMA ($234.62) en la Zona 1 y 4 UMA ($469.24) en la Zona 2. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, artículo 76, fracción IV (texto vigente, última reforma DOE 31-12-2025) — En la Zona 1 (Consolidación Urbana), la licencia para construcción cuesta por m² de superficie cubierta 0.10 UMA hasta 45 m², 0.11 UMA de 45 a 120 m², 0.12 UMA de 120 a 240 m² y 0.15 UMA en más de 240 m². (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida, Nivel Normativo, Tabla 5, nota 2 — El PMDU define el Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS) como la parte del terreno sobre la cual se desplantan o se apoyan los muros de los espacios techados. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida, Nivel Normativo, Tabla 5, nota 3 — Para el PMDU, el área permeable es la que tiene materiales que dejan pasar el agua hacia los mantos acuíferos, como pasto, tierra o grava, evitando materiales impermeables. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida, Nivel Normativo, Tabla 5 «Densidades y COS» — En las Zonas 1 y 2 del PMDU la densidad máxima es alta, el COS es del 80 %, las áreas verde y permeable mínimas del 20 %, las áreas ajardinada y arbolada del 10 %, el frente mínimo de 7 m y la superficie mínima de lote de 133 m². (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, artículo 23 — La licencia de uso del suelo para el trámite de la licencia de construcción tiene una vigencia de dos años desde su expedición; la de funcionamiento, de un año. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-CAT-062 — La constancia de número oficial de predio (MID-CAT-062) tiene un costo fijo de 1.5 UMA: $175.96 con la UMA de 117.31 pesos. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Gobierno de Yucatán, Registro Estatal de Trámites y Servicios: ficha JAPAY-463 — El dictamen de factibilidad del servicio de agua potable y tratamiento de aguas residuales (JAPAY-463) informa si hay servicio de agua, alcantarillado sanitario y tratamiento en la ciudad de Mérida y la zona conurbada de Kanasín; lo emite la Subdirección Técnica de la JAPAY. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Gobierno de Yucatán, Registro Estatal de Trámites y Servicios: ficha JAPAY-463 — El dictamen de factibilidad de agua de la JAPAY tiene una vigencia de 1 año. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Gobierno de Yucatán, Registro Estatal de Trámites y Servicios: ficha JAPAY-463 — La JAPAY tiene un tiempo máximo de 10 días hábiles para responder la solicitud de dictamen de factibilidad de agua. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Gobierno de Yucatán, Registro Estatal de Trámites y Servicios: ficha JAPAY-463 — El dictamen de factibilidad de agua de la JAPAY cuesta 2.5 UMA ($293.00) para terrenos de hasta media hectárea y 5 UMA ($587.00) hasta 5 hectáreas. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Gobierno de Yucatán, Registro Estatal de Trámites y Servicios: ficha JAPAY-2499 — La JAPAY tiene un tiempo máximo de 5 días hábiles para responder la contratación del servicio de agua potable en modalidad doméstica. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Secretaría de Energía, Ventanilla Energía: ficha «Solicitud de energía eléctrica para casa habitación, pequeños comercios o uso general» (CFE) — La CFE atiende la solicitud de energía eléctrica para casa habitación en 2 días hábiles en área urbana y 5 en área rural, y el trámite no tiene costo. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Secretaría de Energía, Ventanilla Energía: ficha «Solicitud de energía eléctrica para casa habitación, pequeños comercios o uso general» (CFE) — Entre los requisitos para contratar la luz de una casa como persona física están el pago del depósito en garantía y la firma del contrato de suministro de energía eléctrica. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-130 — Las fichas de trámites de Desarrollo Urbano de Mérida convierten las tarifas con una UMA de 117.31 pesos. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-DEU-130 — Para la licencia de casa habitación mayor a 45 m² se piden 5 juegos de planos legibles, en doble carta o mayor, con medidas, escalas y superficies, firmados por un Perito en Construcción Municipal (PCM). (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Ayuntamiento de Mérida, Portal Ciudadano: ficha del trámite MID-OBP-286 — El dictamen municipal de factibilidad de agua potable en comisarías (MID-OBP-286) aplica a predios habitados o en construcción en comisarías de Mérida, salvo Caucel, Xcumpich, Dzodzil, Opichén, Temozón Norte y Xcanatún. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Declaratoria de Zonas de Patrimonio Cultural del Municipio de Mérida (Ayuntamiento de Mérida, Registro de Regulaciones) — La Declaratoria de Zonas de Patrimonio Cultural de Mérida incluye las 47 comisarías del municipio, entre ellas Caucel, Chablekal, Cholul y Dzityá. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
- Reglamento para la Preservación de las Zonas de Patrimonio Cultural del Municipio de Mérida, artículo 10 — Antes de cualquier intervención con trabajos de albañilería o de instalaciones en un predio dentro de las Zonas de Patrimonio Cultural del Municipio de Mérida, el propietario o responsable debe pedir a Desarrollo Urbano un dictamen. (consultada el 28 de septiembre de 2026)
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